CIRCULAR GENERAL Nº 102
Documentación Extra Solicitada por SENASAG
15 de diciembre de 2016
La Cámara Departamental de Industria de Cochabamba, pone en conocimiento a sus asociados del rubro de alimentos, que el personal administrativo que recepciona la documentación de sus trámites en SENASAG, está solicitando una carta de designación o autorización para la persona que realiza el trámite para su empresa. Esta solicitud está basada en el artículo 39 del Reglamento del Registro Sanitario R.A. 201/2014, que indica “DE LA REPRESENTACION: cualquier trámite realizado dentro del alcance del presente reglamento deberá ser efectuado por el titular de la empresa o en su defecto por un apoderado debidamente acreditado por la empresa a través de una carta o poder notariado”
El coordinador departamental del área de inocuidad alimentaria del SENASAG (Ing. Vladimir Sanchez), indica que la carta de designación que debe emitir la empresa no necesita estar notariada. Se aceptara una carta con el membrete de la empresa designando a la persona que realizara el trámite ante el SENASAG para su empresa, esto por seguridad y seguimiento. La carta debe considerar el nombre completo y el número de carnet, a esta carta debe acompañar con una fotocopia de CI del tramitador así sea parte de la empresa.
Para mayor información o solicitud del reglamento, contactarse con:
Ing. Silvia R. Borda Flores
Asesor de Normas y Calidad
Cámara Departamental de Industria
Cochabamba- Bolivia
Telf.: (+591) 4-4257057 Int. 116
Ing. Silvia Borda Flores ASESORA DE NORMAS Y CALIDAD |
Lic. Ivone Melgar Ruiz GERENTE GENERAL |